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Ley 2191 DE 2022 – Ley de desconexión laboral

El artículo 3 de la Ley 2191 de 2022, establece que la desconexión laboral es aquel derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos a no tener contacto con temas relacionados a las actividades laborales que desempeñan en horarios por fuera de la jornada establecida en el contrato de trabajo o en la jornada máxima legal, es decir, la de 42 horas semanales (entendiendo la reducción gradual de la jornada laboral semanal de acuerdo con la ley 2001 de 2021). De la misma manera, la desconexión laboral aplicará en caso de que se encuentre en periodos de vacaciones o descansos. Acorde a lo anterior, el empleador no podrá dar órdenes o dejar requerimientos a los trabajadores por fuera del horario laboral establecido. Es decir, una vez se haya cumplido con la jornada laboral, el empleado tendrá pleno derecho a la desconexión laboral, disfrutando plenamente de su vida personal y familiar sin tener la obligación de atender asuntos laborales.

El empleador deberá garantizar que el trabajador o servidor público disfrute efectivamente su tiempo de descanso, permisos, vacaciones y licencias.
Será ineficaz cualquier cláusula o acuerdo que vaya en contra de lo establecido en la Ley de desconexión laboral o que desmejore las garantías establecidas. Es decir, no tendrá ningún efecto ni validez.En caso de que el empleador omita el derecho a la desconexión laboral de sus trabajadores o no garantice su pleno disfrute, podrá constituirse como una conducta de acoso laboral acorde a la Ley 1010 de 2006.

Es esencial que el trabajador que vea vulnerado su derecho a la desconexión laboral conozca que para que la conducta de su empleador se constituya como acoso laboral, deberá haberse presentado de manera persistente y que sea demostrable.

Si requiere asesoría en cuanto a los medios de prueba para que tengan validez sus argumentos y se protejan así sus derechos, no dude en ponerse en contacto con nuestra firma de abogados.

En el artículo 6 de la Ley 2191 de 2022, se ponen de presente unas excepciones al derecho de desconexión laboral:
Los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo.

Los trabajadores y servidores públicos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente, como, por ejemplo, la fuerza pública y organismos de socorro.

En caso de que se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requiera cumplir deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

Las personas descritas anteriormente en razón de su cargo, naturaleza de la actividad y en casos de situaciones de fuerza mayor para la continuidad del servicio de la empresa, deberán seguir teniendo contacto con los asuntos relacionados a sus actividades laborales en horarios por fuera de la jornada laboral.

Si usted considera que le han vulnerado su derecho a la desconexión laboral, deberá poner en conocimiento al Inspector de trabajo o a la procuraduría de la nación con competencia en el lugar de los hechos.

Es importante contar con la asesoría de abogados laborales expertos con el fin de que lo asesoren en la interposición de la denuncia, detallando los hechos y anexando las pruebas pertinentes para que se resuelva su caso lo más pronto posible.

Fuente : agtabogados.com

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